viernes, 20 de abril de 2012

Transparencia en Corredoras de Bolsa, Agentes de Valores, Empresas que administran fondos de terceros


SVS EMITE NORMA SOBRE CONTROL INTERNO Y GESTIÓN DE RIESGO PARA INTERMEDIARIOS DE VALORES

29 de diciembre de 2011.- La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) en el marco de la adopción del modelo de supervisión basado en riesgo para intermediarios de valores, emitió hoy la Circular N° 2054 sobre Control Interno y Gestión de Riesgo destinada a corredores de bolsa y agentes de valores.
La nueva normativa establece los requerimientos mínimos tendientes a formalizar y fortalecer sus sistemas de control y gestión de riesgo, administrar adecuadamente los riesgos inherentes a sus modelos de negocio, asegurar el correcto desarrollo de sus actividades con miras a propiciar su estabilidad financiera, la integridad de sus prácticas de negociación y la protección de los activos e intereses de los inversionistas.
Para estos efectos la circular establece que los intermediarios de valores deberán contar con la estructura organizacional, material y humana adecuados al tipo de negocio que desarrollan y a la complejidad y volumen de éstos, entre otras variables.

La norma -que permitirá adecuar la normativa vigente a las recomendaciones de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV - IOSCO) en esta materia- establece que la organización interna de cada intermediario debe ser definida por su Alta Administración considerando al menos:

• Políticas, procedimientos y controles: intercambio efectivo de información a sus clientes; integridad de las prácticas en materia de negociación; correcta resolución de conflictos de interés; protección de los activos; mantenimiento adecuado de registros contables; entre otros.

• Unidad de auditoría interna: encargada de evaluar el correcto funcionamiento del sistema de control interno y gestión de riesgo y su consistencia con los objetivos y políticas de la organización, así como también el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas que le son aplicables al intermediario de valores.

• Desarrollo de la función de gestión de riesgo: deberá considerar al menos la identificación formal de los riesgos financieros, operacionales y de cumplimiento normativo; determinar el nivel de importancia de los
riesgos; el establecimiento de límites y controles; monitorear su cumplimiento; y contar con sistemas que permitan que la información relevante para la gestión y control de riesgos llegue a los niveles jerárquicos que corresponda.

La Alta Administración será la responsable de la implementación y funcionamiento del sistema de control interno y gestión de riesgo del intermediario. De esta forma, cada año los intermediarios de valores deberán
remitir a la SVS una certificación que dé cuenta de la suficiencia e idoneidad de la estructura de control interno y gestión de riesgos mantenida por dicha entidad. (Fuente: www.svs.cl)

"Al respecto de la circular, en Chile estamos preparados para asumir mayores grados de transparencia por cuanto nuestras regulaciones ya están por sobre algunos estándares mundiales" señalo Enrique Tala, socio de Business & Assurance de AGN Chile.

Lo claro es que ya hay opiniones divergentes que tildan la presente circular como una exageración y una traba más a la industria, ante lo cual Tala responde " no es a mi pronunciarme sobre que si es exagerada la norma o no, sólo decir que esta es una gran oportunidad para generar mayor confianza en los mercados y dar de frentón una señal de transparencia que beneficia sin lugar a dudas al país. Los empresarios chilenos estamos acostumbrados al mejoramiento continuo. Hoy en AGN ya estamos preparando nuestros planes de trabajo para implementar en importantes agentes de valores la presente norma, de manera tal que la Alta Administración siga enfocada en su negocio y nosotros seamos sus contralores internos en base a un contrato de outsourcing. Cada uno desarrolla de esta forma, lo que mejor sabe hacer."


www.agn.cl

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